Bono invierno $74.767 quienes serán los beneficiados

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Pronto esta el día en que la mayoría de los pensionados pueden recibir un aporte del gobierno para cubrir en parte los gastos adicionales que generan las bajas temperaturas, nos referimos al Bono de Invierno, beneficio que se entrega cada año junto con la pensión a los adultos mayores, cuyo principal requisito es  tener 65 años o más y estar pensionado con un monto menor o igual a $201.677, o recibir el beneficio de PGU que entrega el gobierno.

Este año, el monto del aporte se considera en un pago de $74.767, el que se realizará solo una vez en apoyo a los adultos mayores de bajos ingresos durante la temporada de invierno.

El dinero del bono

  • No es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos.
  • El beneficio se paga junto con la pensión correspondiente a mayo.

Para todos los efectos del Bono de Invierno, no se considerará como parte de la respectiva pensión el monto que la persona pensionada perciba por concepto de Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) ni la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Quienes son los beneficiarios

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    • Instituto de Previsión Social.
    • Instituto de Seguridad Laboral.
    • Cajas de Previsión.
    • Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

 Que personas no son  beneficiarias 

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.

 

 

Otros bonos que benefician a los chilenos

Entre los beneficios también se encuentra Subsidio al Empleo Joven otro aporte del gobierno que está dirigido a las y los trabajadores de 18 a 24 años, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.

Las postulaciones se pueden realizar durante todo el año a través de Internet. Al igual que el Bono Trabajo Mujer, su pago está programado para este 28 de abril y se entregará de acuerdo a la modalidad que se haya escogido al momento de postular, es decir, a través de depósito en Cuenta RUT o cuenta bancaria; o pagos en efectivo en sucursales de Banco Estado.

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