De carácter obligatorio será el voto de consejeros constitucionales ,así lo indicó el Servicio Electoral. De esta forma todos los chilenos que estén habilitados para sufragar, deberán asistir a su respectivo local a cumplir con su deber cívico.
Existen por supuesto razones por las que algunas personas se pueden excusar de ir a votar y así evitar multas e infracciones por no cumplir con la obligación.
La información proporcionada por el Servel, a partir de las elecciones del año 2022, se podrá considerar como excusa para no votar.
- Personas que se encuentren a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral.
- Por enfermedad.
- Ausencia del país.
- Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
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Las personas que se encuentren a más de 200 kilómetros de distancia del local de votación, deberán:
- Acudir a una unidad de Carabineros de Chile (comisaría, tenencia o retén) y dejar una constancia en la que detalle que la persona se encuentra a más de 200 km de distancia del domicilio electoral. Este trámite no se puede realizar a través de Comisaría Virtual, sino que solamente se puede presentar presencialmente.
- Guardar el comprobante de la constancia.
- Cuando la persona reciba la citación del Juzgado de Policía Local, debe acudir a excusarse ante el Juez con el comprobante de la constancia realizada.
Ninguno de los trámites se debe realizar ante el Servicio Electoral. Sino que se debe esperar la citación que emite Juzgado de Policía Local en los meses siguientes a las elecciones.
Quienes no acudan a votar, deben presentar su excusa ante la autoridad. Ellos evaluarán caso a caso.








